Reclamar un pagare

¿Qué hace que un pagaré no sea válido?

Un pagaré es un instrumento de deuda que contiene una promesa por escrito de una parte (el emisor o emisora del pagaré) de pagar a otra parte (el beneficiario del pagaré) una suma de dinero definida, ya sea a la carta o en una fecha futura especificada. Un pagaré suele contener todos los términos relativos al endeudamiento, como el importe principal, el tipo de interés, la fecha de vencimiento, la fecha y el lugar de emisión y la firma del emisor.

Aunque las instituciones financieras pueden emitirlos -por ejemplo, es posible que te pidan que firmes un pagaré para pedir un pequeño préstamo personal-, los pagarés suelen permitir a las empresas y a los particulares obtener financiación de una fuente distinta a un banco. Esta fuente puede ser un individuo o una empresa que esté dispuesta a llevar el pagaré (y proporcionar la financiación) en las condiciones acordadas. En efecto, los pagarés permiten a cualquiera ser un prestamista.

Los pagarés, al igual que las letras de cambio, se rigen por el Convenio de Ginebra de 1930 sobre la Ley Uniforme de Letras de Cambio y Pagarés. Sus normas también estipulan que el término “pagaré” debe insertarse en el cuerpo del instrumento y debe contener una promesa incondicional de pago.

Préstamo con pagaré

Un pagaré es una promesa escrita de pagar en un plazo determinado. Este tipo de documento hace efectiva la promesa del prestatario de devolver el dinero a un prestamista en un plazo determinado, y ambas partes deben firmar el documento.

Un pagaré establece un registro claro de un préstamo, ya sea entre individuos o entre entidades. Al poner por escrito todos los detalles relevantes, un pagaré garantiza la claridad de las fechas de vencimiento de los pagos y el importe de los mismos.

Si está prestando dinero a una persona o a una empresa, puede querer formalizar el préstamo mediante la creación de un pagaré. Un pagaré es especialmente importante si estás prestando una gran cantidad de dinero. En

Un pagaré debe incluir todos los términos y detalles a los que ambas partes de un préstamo están de acuerdo. Dado que cada estado tiene sus propias leyes que rigen los componentes esenciales de un pagaré, querrá verificar las leyes de su estado cuando escriba un pagaré.

Diferentes tipos de pagarés son apropiados para diferentes tipos de acuerdos. Debe crear su pagaré para que se ajuste al tipo de transacción en la que está involucrado. Los pagarés pueden ser tan simples como un

Cómo cobrar un pagaré

Simply Finance es una serie de boletines informativos que esperamos puedan contribuir a una mayor comprensión del derecho financiero y a desmitificar los documentos de financiación. Nuestro objetivo es explicar conceptos, términos y expresiones de forma sencilla para que cualquiera pueda entenderlos. En esta ocasión abordamos cuestiones relacionadas con los pagarés.

Para que un instrumento de deuda se considere un pagaré con arreglo a la legislación noruega, deben cumplirse ciertos requisitos, a saber: (i) estar hecho por escrito y firmado por el deudor, (ii) incluir una obligación incondicional de pago por parte del deudor a su vencimiento, y (iii) la obligación debe ser una obligación de pago en efectivo especificada.

Además, existe una importante distinción entre los pagarés simples (Nw. enkle gjeldsbrev) y los pagarés negociables (Nw. omsetningsgjeldsbrev). Estos últimos comprenden los pagarés que, o bien (a) se dirigen al tenedor en cualquier momento (no se menciona ningún acreedor específico), o bien (b) se dirigen a un acreedor específico o a cualquier cesionario posterior, o bien (c) establecen una garantía sobre los bienes inmuebles o el barco del deudor, o bien (d) se denominan específicamente pagarés negociables.

Ley de pagarés

(b) establece que la cesión o transferencia o la creación, el embargo o la perfección de la garantía real puede dar lugar a un incumplimiento, una violación, un derecho de recuperación, una reclamación, una defensa, una rescisión, un derecho de rescisión o un recurso en virtud del pagaré, del crédito del seguro de enfermedad o del intangible general.

(2) El subapartado (1) se aplica a una garantía real sobre un intangible de pago o un pagaré sólo si la garantía real surge de una venta del intangible de pago o del pagaré, que no sea una venta en virtud de una enajenación según el artículo 30-9A-610 o una aceptación de la garantía según el artículo 30-9A-620.

(b) establece que la cesión o la transferencia o la creación, el embargo o la perfección de la garantía real pueden dar lugar a un incumplimiento, una violación, un derecho de recuperación, una reclamación, una defensa, una rescisión, un derecho de rescisión o un recurso en virtud del pagaré, del derecho de cobro del seguro de enfermedad o del intangible general.

(4) En la medida en que una cláusula de un pagaré o de un acuerdo entre un deudor y un deudor que se refiera a un crédito del seguro de enfermedad o a un intangible general, o una norma jurídica descrita en el subapartado (3), sería eficaz en virtud de una ley distinta de la de este capítulo, pero es ineficaz en virtud del subapartado (1) o (3), la creación, el embargo o la perfección de una garantía real sobre el pagaré, el crédito del seguro de enfermedad o el intangible general: