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La Memoria Anual de Reclamaciones ofrece un análisis estadístico de los procedimientos tramitados, indicando, entre otras cuestiones, las áreas en las que se han presentado reclamaciones y quejas, así como las entidades afectadas. También se indica la normativa de transparencia y los criterios de buenas prácticas aplicados en las resoluciones dictadas durante el año correspondiente.

El antecedente de esta publicación se editó por primera vez en 1987, con el título de Informe del Servicio de Reclamaciones. En 2013 se cambió su nombre por el de Informe de Reclamaciones. También se publicaron informes trimestrales de 2006 a 2008, en los que se detallaba la actividad desarrollada durante sus respectivos periodos.

Banco de España

Los requisitos para la creación de cajas de ahorros y cooperativas de crédito son similares a los establecidos para la creación de bancos, con las particularidades propias de su naturaleza, finalidad y limitaciones operativas.

Además de la normativa general de las entidades de crédito, en el caso de las cajas de ahorros es de aplicación la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias, y el Decreto 1838/1975, de 3 de julio, por el que se regula la creación de cajas de ahorros y la distribución de los beneficios líquidos de estas entidades. En el caso de las cooperativas de crédito, es de aplicación la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de cooperativas de crédito y el Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 84/1993, de 22 de enero.

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El Departamento de Conducta de las Entidades realiza la labor del Servicio de Reclamaciones e incorpora conocimientos en materia de conducta de mercado, transparencia informativa, buenas prácticas, información al consumidor, educación financiera y resolución de conflictos.

En este ámbito, y en colaboración con la CNMV, se desarrolla el Plan de Educación Financiera que tiene como objetivo mejorar el conocimiento práctico de las finanzas de la población, para que los ciudadanos puedan afrontar sus decisiones financieras con mayor conocimiento y reforzar así la sostenibilidad del sistema financiero.

En el Portal del Cliente Bancario se detallan los procedimientos a seguir a la hora de presentar consultas, quejas o reclamaciones; así como otros aspectos que pretenden contribuir a mejorar el conocimiento de los clientes sobre las disposiciones que les afectan; no obstante, se puede acceder directamente a los procedimientos a través del siguiente enlace:

Si desea conocer la red creada por la Comisión Europea, que agrupa a los organismos nacionales de los distintos estados miembros encargados de resolver las reclamaciones de los clientes de servicios financieros por la vía judicial, puede consultar los siguientes enlaces:

Defensor del Pueblo Bancario España

¿No está de acuerdo con las comisiones que le cobra su banco? ¿Quiere devolver una domiciliación bancaria? ¿Han utilizado su tarjeta de forma fraudulenta para realizar compras? ¿O su transferencia bancaria no ha llegado a su beneficiario? Tome medidas.

1) Acuda a su banco, intente resolver allí el problema y, si no es posible hacerlo en la misma oficina o en cualquier otra, rellene la hoja de reclamaciones. Si no dispone de formulario, puede utilizar un folio normal para escribir su nombre y apellidos, DNI, datos bancarios y el motivo de la reclamación. Es importante que te sellen los documentos y que te quedes con una copia, para demostrar que ya has realizado este trámite.

2) Redactar una carta de reclamación y enviarla por correo certificado, con acuse de recibo, o por burofax al banco. Aunque no es imprescindible, es aconsejable enviarla al Servicio de Atención al Cliente del banco o a su Defensor del Cliente. Todos los bancos están obligados a ofrecer uno de estos servicios; sin embargo, tener un Defensor del Cliente es opcional. Siguiendo este enlace Abre en ventana nueva encontrarás la dirección a la que puedes enviar tu carta de reclamación: