Gestoria declaracion renta barcelona

Lecciones aprendidas construyendo un MVP dentro del IRS

Los impuestos españoles pueden recaudarse a nivel nacional (estatal), regional (autonómico) o local (ayuntamientos o autoridades municipales).    Además, los impuestos españoles pueden desglosarse en tres grupos: impuestos, tasas y contribuciones especiales.    En cualquier caso, y como visión general, los derechos y las contribuciones especiales se activan a cambio de un servicio o prestación pública, como la tasa de aparcamiento o la tasa de basuras.

Desde el punto de vista de la fiscalidad directa, existen otros impuestos aplicables, como el impuesto sobre bienes inmuebles y el impuesto sobre actividades económicas, y otros que sólo se aplican a las personas físicas, como el impuesto sobre sucesiones y donaciones y el impuesto sobre el patrimonio.

En cuanto a la fiscalidad indirecta, en España son aplicables el impuesto sobre el valor añadido (IVA) y el impuesto sobre transmisiones patrimoniales.    El IVA está regulado según las normas de la UE en virtud de la Directiva del IVA.    El IVA no es aplicable en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla, que no se consideran territorios españoles desde el punto de vista del IVA.    En su lugar, estas regiones aplican sus impuestos específicos sobre las ventas.    La mayoría de los aspectos del impuesto sobre transmisiones, incluidos los tipos, las deducciones y las formalidades a la hora de presentar las declaraciones de impuestos, están determinados por las leyes fiscales regionales.

Impuesto sobre la renta de no residentes formulario 210

Las personas físicas extranjeras que se convierten en residentes en España están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en todo el mundo. Los no residentes estarán sujetos al IRPF, pero sólo sobre las rentas y plusvalías obtenidas de fuentes españolas.

Podría existir un régimen fiscal especial para los cesionarios entrantes para aquellas personas que se conviertan en residentes fiscales españoles como consecuencia de su traslado a España o de la adquisición de un cargo directivo en una entidad, siempre que se cumplan determinados requisitos.

Los miembros de una unidad familiar pueden optar por presentar declaraciones de impuestos por separado. Si uno de los miembros de la unidad familiar opta por presentar una declaración separada, los demás miembros de la unidad familiar deberán, en general, presentarla también por separado.

En los territorios del País Vasco (Vizcaya, Guipúzcoa y Álava) y Navarra se aplica una normativa específica del IRPF, escalas de tipos y un régimen especial para los cesionarios entrantes, por lo que debe solicitarse asesoramiento sobre el tratamiento fiscal específico aplicable en los mismos para las cesiones a/desde ellos.

Curso de formación sobre archivos y registros

Las empresas de nueva creación tributan a un tipo impositivo del 15% tanto en el primer período impositivo en el que obtienen beneficios como en el siguiente. Este tipo impositivo no es aplicable a las sociedades patrimoniales (es decir, las que no ejercen actividad empresarial) ni a las sociedades de nueva creación que forman parte de un grupo nacional o internacional.

El impuesto sobre actividades empresariales y profesionales es un impuesto local directo que grava anualmente la realización en España de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se realicen o no en locales determinados. La cuantía del impuesto depende de diferentes factores, como el tipo de actividad que se ejerce y la ubicación y el tamaño del local donde se ejerce la actividad. En cuanto a los límites, el impuesto no puede superar el 15% de los beneficios medios presuntos de la actividad empresarial/profesional.

Los contribuyentes de CIT y las empresas no residentes que ejerzan una actividad en España a través de un EP están exentos de este impuesto si su volumen de negocios neto para el ejercicio fiscal de la última declaración de CIT/NRIT presentada antes de la fecha de devengo del impuesto local (1 de enero) era inferior a 1 millón de euros.

Gestión de archivos y registros

Asesoramiento fiscal para la gestión de impuestos La división fiscal y financiera de GD Asesoría gestiona sus impuestos para que su empresa cumpla con todas sus obligaciones fiscales formales. Presentamos las declaraciones de impuestos para todas las administraciones y regímenes. En particular, nos encargamos de:

Impuestos y Contabilidad al día La división de contabilidad e impuestos de GD Asesoría ofrece servicios de contabilidad e impuestos complementarios y eficaces. Ayudamos a los departamentos financieros mediante la externalización total o parcial de algunas de sus funciones, como la presentación de impuestos, la llevanza de registros contables o la gestión administrativa.