¿Cuánto se paga por la tasa 790 código 026?

Conseguir la nacionalidad de un país es un proceso que amerita solventar ciertos trámites. Debes reunir los recaudos exigidos, completar algunos formularios y pagar los aranceles correspondientes según sea el caso. Hay muchas razones por las cuales desearías obtener la nacionalidad española, ya que esto otorga importantes derechos aunque también deberes que debes cumplir.

Puedes obtener la nacionalidad por distintas vías, ya sea por nacimiento, residencia, opción, posesión o carta de naturaleza, y en cada caso hay que seguir un procedimiento bien establecido. Una de las preguntas más frecuentes a la hora de comenzar con este trámite tiene que ver con ¿Cuánto se debe pagar? Si deseas saber cuánto cuesta obtener la nacionalidad española por residencia, enfocándonos en cuanto se paga por la tasa 790 Código 026, continua leyendo y entérate de los detalles.

¿Cuánto es la tasa de la nacionalidad española por residencia?

El procedimiento para obtener la nacionalidad española por residencia establece la aprobación de dos exámenes que aseguran la integración en España, conocidos como el examen CCSE y el DELE, además se estipula el pago obligatorio de una tasa.

Según la Ley 19/2015, relacionada con las medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro, el tramite está sujeto al pago de una tasa de 100 euros que constituye la iniciación del procedimiento para obtener la nacionalidad española. Pero, actualmente se pagan 102€ establecidos en la última actualizada de la Ley de Presupuestos Generales del Estado del 2018.

Vale la pena resaltar que en la resolución de 2015 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, se establecieron las normas sobre la gestión y el pago de la tasa, aprobándose la tramitación del Modelo 790-Código 026 o “Tasa por solicitud de nacionalidad española por residencia y carta de naturaleza para sefardíes originarios de España”.

¿Mediante que vías puedo pagar la tasa 790?

Se recomienda el pago de este arancel por vía telemática, usando la pasarela de pagos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenado el formulario electrónico disponible en su Sede Electrónica.

La acreditación del pago te será otorgada por medio de un justificante que será emitido por la misma web de la AEAT o con el comprobante que te otorgue la entidad bancaria que seleccionaste para ejecutar el pago.

Si eres de los que prefieren hacer este tipo de trámites de forma presencial, puedes llenar el Modelo 790 Código 026 que puedes descargar desde el portal del Ministerio de Justicia haciendo clic aquí. Es importante que hagas la descarga desde este enlace porque el número de justificante que se expresa en el formulario debes ser diferentes para cada solicitante.

 

modelo 790 codigo 26

 

Puedes realizar el pago en cualquier banco donde te entregarán una copia del modelo que te servirá de constancia o acreditación del pago y que debes entregar en el órgano administrativo donde estas ejecutando el trámite junto con la solicitud.

Si el pago se realiza en el extranjero, debe ejecutarse en una entidad financiera española que colabore con la Agencia Tributaria y que se encuentre en tu país. También puede realizarse una transferencia bancaria a la cuenta indicada por el Ministerio de Justicia.